Ecuador aprueba controversia Ley de Áreas Protegidas: Surgen protestas

28.07.2025

La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó recientemente una Ley de Áreas Protegidas que permite la gestión privada y extranjera de zonas conservadas. El proyecto fue impulsado bajo el concepto de "urgencia económica" sin consulta previa a comunidades indígenas y expertos legales, que advierten sobre violaciones a la Constitución ecuatoriana y convenios internacionales, incluido el Convenio 169 de la OIT. Quienes se oponen están preparando impugnaciones legales. 

Quito, Ecuador – 27 de julio de 2025 – El Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador ha aprobado la Ley de Áreas Protegidas, Biodiversidad y Patrimonio Natural, una normativa que, a pesar de sus intenciones declaradas de conservación, ha desatado una ola de fuertes críticas y protestas por parte de organizaciones ambientales, comunidades indígenas y la sociedad civil. La ley, que busca modernizar el marco legal de protección ambiental, es percibida por sus detractores como una puerta abierta a actividades extractivas dentro de zonas de alto valor ecológico.

Puntos de Conflicto en la Nueva Ley

La controversia en torno a esta ley se centra en varios artículos que, según los críticos, debilitarían la protección ambiental en lugar de fortalecerla:

  • Zonas de Amortiguamiento y Actividades Extractivas: Uno de los puntos más polémicos es la posibilidad de permitir y regular la extracción de recursos naturales (minería, petróleo, agronegocio) en las llamadas "zonas de amortiguamiento" alrededor de las áreas protegidas. Aunque estas zonas no son el corazón de la reserva, su integridad es crucial para la salud del ecosistema y la conectividad biológica. Las organizaciones temen que esta disposición abra un precedente para futuras incursiones en las áreas centrales.

  • Participación de Comunidades Indígenas: Las comunidades y nacionalidades indígenas han denunciado que la ley no garantiza plenamente el derecho a la consulta previa, libre e informada. 

  • que es un principio fundamental reconocido internacionalmente para proyectos que afecten sus territorios ancestrales o el ambiente del que dependen.

  • Gestión y Financiamiento: También hay preocupación sobre la suficiencia de los mecanismos de financiamiento y la capacidad de gestión que tendrá el Ministerio del Ambiente y las entidades relacionadas para implementar la ley de manera efectiva y asegurar una fiscalización adecuada.

  • Ambigüedad en la Definición de "Usos Sostenibles": Los críticos argumentan que la ley utiliza términos ambiguos como "usos sostenibles" que podrían ser interpretados de manera laxa para justificar actividades que comprometan la biodiversidad.

Reacciones y Movilizaciones en Aumento

Desde que el proyecto de ley comenzó su trámite, ha enfrentado una fuerte oposición. Con su aprobación en la Asamblea, las protestas y manifestaciones se han intensificado en Quito y otras ciudades del país.

  • Organizaciones Ambientales: Grupos como Yasunidos, Acción Ecológica y otras ONGs dedicadas a la conservación han emitido comunicados y organizado plantones, argumentando que la ley responde a intereses económicos extractivistas y pone en riesgo el patrimonio natural del Ecuador, uno de los países más megadiversos del mundo.

  • Movimientos Indígenas: La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) y otras organizaciones indígenas han expresado su rechazo, señalando que la ley ignora los derechos territoriales y la visión ancestral de conservación que sus pueblos han mantenido por siglos. Advierten que la aplicación de esta ley podría generar nuevos conflictos socioambientales.

  • Sociedad Civil: Ciudadanos y académicos también han sumado sus voces a la crítica, preocupados por las implicaciones a largo plazo para los recursos hídricos, los bosques y la fauna silvestre.

Próximos Pasos y el Rol del Presidente

Ahora que la ley ha sido aprobada por la Asamblea, pasa a manos del Presidente Daniel Noboa, quien tiene la potestad de:

  1. Objetarla totalmente: Devolverla a la Asamblea con un veto completo.

  2. Objetarla parcialmente: Realizar modificaciones y enviar sus observaciones para que la Asamblea las considere.

  3. Sancionarla (convertirla en ley): Promulgarla tal como fue aprobada.

La presión social y ambiental será clave en la decisión presidencial. Las organizaciones han hecho un llamado directo a Noboa para que vete la ley y reabra el diálogo con todos los sectores involucrados, buscando una normativa que garantice una protección genuina y participativa de las áreas protegidas de Ecuador. La controversia subraya la delicada balanza entre el desarrollo económico y la conservación ambiental en el país andino.